España, entre los países con menos reclamaciones y condenas en los tribunales europeos

Expansión – 19/6/2018

La ratio española de sentencias condenatorias del TEDH por habitante es similar a la de Alemania, Holanda o Reino Unido e inferior a la de Austria, Bélgica, Italia o Suiza.

España figura entre los países con menos reclamaciones y condenas en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), según los datos recogidos en el informe España ante los tribunales de justicia europeos. Una visión a través de los datos estadísticos, que la sección de estadística del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha publicado hoy.
El TEDH es un tribunal internacional competente para conocer de demandas individuales o estatales fundamentadas en violaciones de los derechos civiles y políticos enunciados en el Convenio Europeo para la Protección de Derechos Humanos, que España firmó en 1977 y quedó ratificado el 26 de septiembre de 1979, una vez aprobado por las Cortes Generales.
Las reclamaciones presentadas ante el TEDH se revisan para comprobar si incluyen toda la información necesaria y satisfacen los plazos legales. Superado ese filtro inicial, se asignan a una formación judicial, que puede ser un Comité (formado por tres jueces), una Cámara (7 jueces) o la Gran Cámara (17 jueces). A partir de ese momento, las reclamaciones pueden ser inadmitidas o resolverse mediante sentencia, a menudo tras ser acumuladas en un procedimiento.
Entre 2014 y 2017, la media anual de reclamaciones con origen en España asignadas a una formación judicial fue de 622. Puesta en relación con la población del país, esa cifra arroja una ratio de 0,14 demandas asignadas por cada cien habitantes, muy inferior a la media del conjunto de los Estados firmantes del Convenio -0,64- y similar a la de Francia o Bélgica.
En cuanto a las sentencias del TEDH en las que se declara que ha habido al menos alguna violación de los derechos enunciados en el Convenio, España también aparece entre los países con la ratio más baja en relación con su población, similar a la de Alemania, Holanda, Irlanda o Reino Unido e inferior a la de Estados como Austria, Bélgica, Italia, Portugal o Suiza.
El informe de la Sección de Estadística también detalla las cuestiones prejudiciales mediante las que los jueces nacionales se dirigen al TJUE para solicitar que éste precise una cuestión de interpretación del Derecho de la Unión.
Desde 1986, los jueces españoles han planteado un total de 460 cuestiones prejudiciales al TJUE, lo que representa el 5,3 por ciento de todas las presentadas ante el tribunal, un porcentaje que está por debajo del peso poblacional de España en la Unión Europea.
En los últimos diez años, las materias por la que más veces han planteado los jueces españoles cuestión prejudicial son la de protección de consumidores (65) y política social (63). En cuanto a los órganos que en más ocasiones han elevado consultas al TJUE en ese mismo periodo (2008-2017), son el Tribunal Supremo (58), los Tribunales Superiores de Justicia (37), las Audiencias Provinciales (29) y los Juzgados de Primera Instancia (28).
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