La energía es uno de los elementos centrales de la vida económica y social, y su reflejo en el ámbito de la producción normativa es crecientemente elevado. Por ello, la definición y sistematización de un derecho de la energía global, que integre en su ordenación todos y cada uno de los subsectores energéticos, y defina adecuadamente unos principios generales ordenadores o inspiradores de su sistema jurídico, se muestra cada vez más necesario.
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