No sirves para nada, te vamos a dejar solo y ya te espabilarás”. Chantaje emocional, amenazas, insultos, falta de respeto… No hay cifras oficiales, pero se estima que esta situación la padecen muchas personas mayores al final de sus vidas, cuando más cuidados necesitan. Con el agravante de que ese desprecio y abandono es infligido por los propios hijos.
El Departament de Justícia acaba de tomar cartas en el asunto. Prepara un anteproyecto de ley para modificar el Codi Civil de Catalunya para que esos padres y madres puedan desheredar por maltrato psicológico. Ahora sólo se recogía esta posibilidad en caso de malos tratos físicos o de obra.
La consellera de Justícia, Ester Capella, no puede ser más contundente al referirse a esta reforma: “Sin respeto a los padres y madres no hay dignidad. Los hijos e hijas que maltraten psicológicamente a sus padres tienen que saber que perderán el derecho a la legítima. No cobraran ni un euro”.
Para quitar a un descendiente el derecho a heredar, ahora sólo se recogía la violencia física
La legítima de una herencia, tal y como recoge el Código Civil, es la porción de bienes de la que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, que son los llamados forzosos. Es el caso de los hijos que no han sido nombrados herederos, cuando hay testamento, pero tienen derecho a disponer de una parte de los bienes de los padres tras su fallecimiento. “Ponemos la ley al servicio de las personas mayores, y esta reforma tiene que servir para velar por la estabilidad emocional y la autoestima de esos ciudadanos”, añade la consellera de Justícia.Una vez reformado el Código Civil de Catalunya, el trabajo deberá centrarse en dar a conocer, entre el colectivo afectado, la existencia del nuevo artículo. La Generalitat se ha comprometido a trabajar en ello, así como la Federació d’Associacions de Gent Gran de Catalunya (Fatec). Su presidente, Josep Carner, aplaude esta iniciativa, que considera “muy necesaria” y que será explicada en centros de personas mayores. “A los primeros que va a beneficiar esta reforma es a esa generación –que podría ser la última– que ha cuidado tanto a los hijos como a los padres”, afirma Josep Carner.
Lo que habrá que explicar a esas personas mayores es que a partir de ahora, cuando hagan testamento, podrán solicitar explícitamente que uno o varios de los hijos no tengan derecho a la legítima. No tendrán que presentar ningún parte médico por lesiones ni denuncia, como se exigía con la actual ley para cumplimentar ese trámite. Bastará con hacer constar que han padecido maltrato psicológico. Y será ese hijo o hija, que aparece tras el fallecimiento de sus padres para beneficiarse de lo que le toca como heredero forzoso, “el que tendrá que demostrar que eso no es cierto”, apunta Ester Capella.
Algunos jueces han interpretado ya que el maltrato psicológico puede ser motivo suficiente para desheredar
“En nuestra federación escuchamos cada día más casos de ese maltrato psicológico que se padece en silencio”, revela Josep Carner. Con frases como: “Yo lo tengo muy claro, se lo voy a dar todo al que me trate bien y al último que me limpie el trasero”. Un mensaje que, para Carner, “lo dice todo”. La herencia, aunque sea la legítima, hay que ganársela.
El presidente de la Fatec afirma que lo que más duele, cuando una persona necesita como nunca la ayuda de los hijos, es escuchar frases como “no sirves para nada”. Se empieza por ahí y se continúa con las extorsiones (obligar a firmar cosas que no se quieren rubricar) o vaciando carteras y cuentas corrientes. Maltrato psicológico también es racionar los alimentos, limitar los paseos de esas personas mayores o no preocuparse por su comodidad e higiene. En el anteproyecto de ley para la inclusión de ese nuevo artículo en el Código Civil se prevé relatar las situaciones más comunes que demuestran desprecio y abandono de hijos hacia sus progenitores.
Ester Capella indica que algunos de los estudios realizados sobre este maltrato específico apuntan que en uno de cada dos casos constatados esos maltratos son psicológicos.
Ya existen sentencias del Tribunal Supremo
A falta de un artículo específico como el que ahora se prevé aprobar en Catalunya (la iniciativa es pionera), algunos jueces han interpretado ya que el maltrato psicológico puede ser motivo suficiente para desheredar. Hay varias sentencias, algunas del Tribunal Supremo, en este sentido.
Este tipo de malos tratos, principalmente en personas mayores, es uno de los más silenciosos y olvidados. Y eso que se calcula que las personas que padecen estas situaciones en la última fase de sus vidas tienen el doble de probabilidades de morir que el resto. Un estudio impulsado por la Organización Mundial de la Salud en el 2017 en medio centenar de países reveló que casi el 16% de las personas mayores consultadas habían sufrido algún tipo de maltrato durante el último año. Pero lo más preocupante, en ese trabajo, fue constatar que sólo se denuncia en uno de cada 24 casos, un porcentaje que se cree sería mucho mayor en el caso del maltrato psicológico.
Noticia original en: https://www.lavanguardia.com/vida/20190514/462232208631/maltrato-psicologico-herencia-reforma-codigo-civil-hijos.html