Los inspectores criticaban la dificultad de probar excesos laborales
La sentencia, que resuelve una cuestión prejudicial planteada antes de la aprobación del registro obligatorio de jornada, sostiene que la normativa anterior va en contra de las directivas comunitarias. Sin un sistema de este tipo, destacan, “no es posible determinar objetivamente y de manera fiable el número de horas de trabajo efectuadas por el trabajador ni su distribución en el tiempo, como tampoco el número de horas realizadas por encima de la jornada ordinaria que puedan considerarse horas extraordinarias”. Y no es suficiente con tener un registro de las horas extra, como hasta hace apenas unos días, concluye. El tribunal defiende que los estados “deben imponer a los empresarios la obligación de implantar un sistema objetivo, fiable y accesible que permita computar la jornada laboral diaria realizada por cada trabajador”. El TJUE insiste en que conocer el número de horas de trabajo diario y semanal “es esencial” para comprobar que se respeta la duración máxima de la jornada y los periodos mínimos de descanso. El fallo precisa que corresponde a los gobiernos nacionales fijar los criterios de aplicación de estos registros.Los estados deben imponer sistemas “fiables y accesibles”
De esta forma, el Tribunal de la Unión Europea da la razón a CC.OO., que junto a otros cuatro sindicatos, presentó en verano del 2017 una demanda de conflicto colectivo en la Audiencia Nacional para que Deutsche Bank pusiera en marcha un sistema de registro horario para los trabajadores a tiempo completo, con el objetivo de controlar que la empresa pagaba las horas extra realizadas. Dado que meses antes el Tribunal Supremo había dictado que el Estatuto de los Trabajadores sólo exigía tener contabilizadas las horas extraordinarias y comunicarlas cada mes al empleado, los magistrados de la Audiencia Nacional decidieron acudir a la justicia europea para que aclarara si la normativa española de ese momento era contraria al derecho comunitario.El 54% de las horas extra no se registran
Según la información proporcionada por la Audiencia Nacional al tribunal de Luxemburgo para abordar este caso, el 53,7% de las horas extraordinarias trabajadas en España no se registran.
Los sindicatos se felicitaron por el sentido del fallo del TJUE. Mientras, la ministra de Trabajo, Magdalena Valerio, resaltó que la sentencia del tribunal comunitario “ha pillado a España con los deberes hechos”. “No estamos tan locos para querer establecer un sistema de fichaje rígido”, declaró la ministra de Trabajo en Mallorca. Valerio insistió en negar que la intención del Gobierno sea “cargarse” la flexibilidad en la jornada laboral o el teletrabajo.
Noticia original en: https://www.lavanguardia.com/economia/20190514/462240145406/tjue-registro-horario-horas-extra-registro-jornada.html